Sancionaron la ley que crea el régimen de testigos protegidos
Fue sancionada hoy en la Legislatura de Río Negro una ley que crea el régimen de testigos protegidos en la Provincia para resguardar a las personas que pudieran aportar o aporten información o pruebas en hechos delictivos que por su gravedad en la organización y/o comisión, causen conmoción a la comunidad o a sus instituciones, pudiendo incluirse en el régimen las víctimas del proceso.
Las medidas necesarias para la protección de estas personas serán requeridas por las partes del proceso penal al Juez de trámite, quien resolverá de manera fundada.
El Juez dispondrá la protección de las personas cuando por las características de la investigación se presuma la existencia de peligro cierto para la vida o integridad física de las personas o de su grupo familiar conviviente. El Juez interviniente podrá disponer todas las medidas que estime necesarias para preservar la identidad de los testigos, su domicilio, profesión y lugar de trabajo, sin perjuicio de resguardar la contradicción en el proceso.
La aplicación de las medidas especiales de protección de personas de que se trate, deberán durar el menor plazo posible en función de las circunstancias que le dieron origen y no podrán exceder de la oportunidad en que recaiga sentencia judicial firme en la causa correspondiente. Estas medidas podrán igualmente cesar en cualquier etapa del proceso por pedido del Juez de la causa.
Excepcionalmente y con posterioridad al dictado de la sentencia definitiva y por pedido de las partes o de oficio, el Juez podrá prorrogar fundadamente el plazo de aplicación de estas medidas, o disponer nuevas.
Los testigos protegidos deberán ser custodiados y resguardados en su integridad psicofísica todas las veces que deban concurrir a estrados a prestar declaración testimonial. En casos excepcionales podrá tomarse declaración en un lugar distinto de aquél recurriendo, en caso necesario, a procedimientos audiovisuales que permitan garantizar el derecho de defensa y la contradicción.
Además, la ley establece la creación del Fondo Permanente del Programa de Protección a Testigos, por la suma de 500 mil pesos, el cual tendrá como destino la ejecución de las medidas ordenadas por el juez interviniente, modificándose el mismo conforme a la normativa vigente. El fondo dependerá del Superior Tribunal de Justicia, o de quien este determine, conforme reglamentación que regule su ejercicio y mecanismo de actualización.
El proyecto presentado por el Poder Ejecutivo, votado en única vuelta, fue informado en Cámara por la legisladora Tania Lastra (JSRN), quien sostuvo que la iniciativa mejora el sistema de protección de testigos vigente, entendiendo que su articulado pregona por el resguardo de
garantías contenidas en la Constitución Nacional y tratados internacionales de mismo rango, oportunamente ratificados e incorporados al plexo normativo basal, y permite además un
adecuado ejercicio y control del programa, determinando límites y pautas claras tanto para la administración como para el administrado.
Aclaró que si bien se enuncian distintas medidas de protección, el Juez podrá disponer las que estime necesarias para el caso en concreto y siempre que se verifiquen condiciones mínimas pero de insoslayable cumplimiento. Entre estas, las condiciones de admisión y permanencia en el
programa, la declaración jurada de someterse al régimen de protección y las restricciones personales que ello implica, y las condiciones de exclusión del sistema de protección de testigos.
“Todo esto ante el entendimiento de que la protección de testigos es un derecho del sujeto y de la
parte que lo propicia, pero su ejercicio debe ser regular y adecuado a normativa clara y precisa.
Además la ley limita la cantidad de testigos protegidos que pueden someter a dicho régimen, entendiendo el carácter excepcional del régimen”, expresó.
La legisladora afirmó que el proyecto “lleva claridad y certeza a la protección de
testigos en el ámbito provincial, lo que redundará en un beneficio para el avance y la resolución de causas penales graves”.
Fuente: ADN 17-03-2016