«Los argumentos de la Fiscalía realmente fuerzan la letra del Código»
Lo dijo el Tribunal de Impugnación de Neuquén ante un recurso que la semana pasada intentó el Ministerio Público Fiscal, en el marco de la investigación de un abuso sexual denunciado en Rincón de los Sauces.
«Muy claramente, el Tribunal advierte un problema de admisibilidad y los argumentos del Ministerio Público Fiscal realmente fuerzan la letra del Código», planteó el presidente del cuerpo, Fernando Zvilling, sin realizar consideraciones respecto de la cuestión de fondo.
Se refirió de ese modo al recurso con el que el fiscal jefe Pablo Vignaroli y el fiscal general José Gerez intentaron que hoy el Tribunal de Impugnación revirtiera una resolución tomada la semana pasada por el mismo tribunal (distinta conformación).
Zvilling, que integró el tribunal junto a los jueces Federico Sommer y Richard Trincheri, advirtió que es la primera vez que se intenta un recurso de este tipo desde que entró en vigencia el Código Procesal Penal. «Esto es porque no está previsto», detalló. La referencia es a que, como instancia ordinaria, no sería posible reclamar que el Tribunal de Impugnación revise las decisiones del mismo tribunal. «Rompería la sistemática del Código», remarcó.
Por su parte, la querella particular, que estuvo presente y que en el marco de la audiencia acompañó el planteo pero que originalmente no había realizado ninguna presentación, el viernes pasado presentó un recurso de impugnación extraordinaria ante el Tribunal Superior de Justicia.
Finalmente, desde el tribunal se reclamó al Ministerio Público fiscal que tenga especial atención a los recursos que presenta en este tipo de causas, «en el sentido de lo innecesario de generar falsas expectativas». «Aquí hay víctimas, imputados y familiares de víctimas que, a partir de la conducta procesal que adoptan las partes, y más las partes públicas -porque concretamente la parte privada ha interpuesto un recurso ante el TSJ- generan expectativas sociales que podrían evitarse articulando debidamente los recursos ante los órganos que corresponden. No generando esta cantidad de recursos que de antemano se sabe que bajo ningún punto de vusta puede prosperar», se indicó.
Por la fiscalía intervino el fiscal Agustín García, por la querella Marcelo Hertzriken Velasco y por la defensa Alejandro Bustamante.
Aquí el video de la parte resolutiva, en la que no se trata la cuestión de fondo ni se nombra a la víctima y que por esa razón se puede hacer pública:
Contexto
Lo que se intentaba cuestionar es la decisión adoptada la semana pasada por el Tribunal de Impugnación, que tras comprobarse en audiencia que el acusado por el delito de abuso sexual con acceso carnal había cumplido con las restricciones y conductas que se le impusieron cuando fue detenido, se resolvió revocar la prisión preventiva, todo sujeto al pago de una caución de un millón de pesos. Si bien aún no fue elevada a juicio y se aguarda el resultado de una prueba de ADN, se trata de una causa con varias audiencias: cuando se detuvo al acusado, y con el acuerdo de la fiscalía, no se le impuso prisión preventiva. Luego si, para modificar la acusación de «abuso sexual gravemente ultrajante» a «abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado», que prevé penas superiores, se intentó ubicar al acusado en el domicilio que había informado, pero no fue posible. La fiscalía interpretó esta situación como una violación a las medidas de coerción que se le habían impuesto, por lo que solicitó la detención, que le fue impuesta por un colegio de jueces de garantías. Sin embargo, la semana pasada el Tribunal de Impugnación revirtió la prisión preventiva en tanto que determinó que el acusado había cumplido con todas las medidas. Es que, según se indicó oportunamente, no estaba obligado a permanecer en el domicilio informado, que este había sido constituido para recibir las notificaciones en el marco de la causa y su ausencia no podía ser considerada como un riesgo de fuga.
Fuente: Prensa Tribunal Superior de Justicia.